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Contrato de Compraventa

(Privater Kaufvertrag)

 

Muster eines privaten Kaufvertrages mit Verpflichtung zum Abschluss eines notariell beglaubigten Kaufvertrages.

 

CONTRATO DE COMPRAVENTA

 

Las Palmas de Gran Canaria, el Trece de Enero de 2.007.

 

REUNIDOS:

DON JUAN QUICHOTTE DE LA MANCHA con D.N.I. 3456789-Y, mayor de edad, casado, vecino de E-35100 Playa del Inglés, Avenida de Gran Canaria No. 14/2

 

vende

 

al señor Don PETER DÖBLING con D.N.I. 9876543-Y, mayor de edad, de estado civil soltero, domicilio a efectos de notificación en E-35100 Playa del Inglés, Avenida de Tenerife No. 10 Apartamento 914.

 

CAPACIDAD E INTERVENCIÒN:

Los dos actúan en su propio nombre y derecho.

 

EXPONE:

PRIMERO.- Que DON JUAN QUICHOTTE DE LA MANCHA vende el siguiente apartamento número 412 que está situada en la planta cuarta del edificio "Strelissias", en la Avenida de Italia número 28, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, Gran Canaria. Tiene una superficie construida aproximadamente de 41 m2, compuesta de un dormitorio, baño, cocina, salon y terraza.

 

El apartamento necesita ser renovado y se vende en el mal estado tal y cual ha sido visto.

 

INSCRIPCIÒN VIVIENDA: Inscrita en el Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana, Finca número 24358, Tomo 1.808, Libro 295, Folio 106.

 

SEGUNDO.- Que estando interesado el señor Don PETER DÖBLING en adquirir la finca señalada, con un contrato de compra-venta y habiendo llegado las partes a un acuerdo, se realiza la compra-venta mediante el presente documento en base a los siguientes estipulaciones:

 

ESTIPULACIONES:

PRIMERA.- DON JUAN QUICHOTTE DE LA MANCHA cede al señor Don PETER DÖBLING contrato de compra-venta sobre la mencionada finca por el precio total de 55.000 Euro (CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS) y el señor Don PETER DÖBLING paga a continuación, a cuenta, la cantidad de CINCO MIL EUROS (5.000,- Euro).

 

SEGUNDA.- El derecho de compra-venta que adquiere el señor PETER DÖBLING podrá ser ejercitado desde el día de la fecha del presente documento y hasta el 15 de febrero de 2.007, fecha en que el vendedor se obliga hacer la escritura correspondiente ante un notario público.

 

TERCERA.- Una vez transcurrido el mencionado plazo, sin que el señor Don PETER DÖBLING haya ejercitado su contrato de compra-venta, perderá automáticamente el importe de este contrato quedando el mismo en poder del parte Vendedor. Pero si por el contrario la señor DON JUAN QUICHOTTE DE LA MANCHA no cumpliera con la fecha vencimiento de este contrato, tendrá que pagar al señor PETER DÖBLING la cantidad entregada (el pago a cuenta), fijada en este contrato, más una indemnización de DOS MIL Euros (2.000.- Euros).

 

CUARTA.- Don PETER DÖBLING deberá pagar la cantidad de CINCUENTA MIL Euros (50.000.- Euros) que sumados a los CINCO MIL Euros que entregados hacen un total de CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000-. Euros), que es el precio total de la finca escrita, en el momento de la firma del contrato público ante el anteriormente mencionado notario.

 

QUINTA.- Todas las cargas, hasta la firma de la escritura pública de la compra-venta, como deudas, derechos, impuestos o gastos de comunidad, impuesto de contribución urbana, impuesto sobre la renta de no residentes y la plusvalía serán de cuenta del parte vendedor. Los gastos para la escritura pública serán de cuenta del parte comprador.

 

SEXTA.- Se hace expresamente constar que la finca se transmitirá libre de cargas, gravámenes, arrendamientos, al día del pago de la comunidad y con Impuestos de Bienes Inmuebles pagados.

 

SEPTIMA.- Ambas partes, con renuncia de su propio fuero, se someten a la competencia y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria.

 

Y en prueba de conformidad firman los reunidos por duplicado y a un solo efecto el lugar y fecha del encabezamiento.

 

Fdo: DON JUAN QUICHOTTE DE LA MANCHA

 

 

Fdo: DON PETER DÖBLING


 


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